DENUNCIA PÚBLICA
ANTE
PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO Y DEL C.G.P.J.
Y
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
(dos copias al mismo efecto)
POR
OMISIÓN E INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE PERSEGUIR DELITOS, Y ABUSO DE PODER Y FUNCIONES, DE LA PRESIDENTA DEL T.S.J.C. Y FISCALIA ADSCRITA AL MISMO.
COACCIONES JUDICIALES Y AMENAZAS CONTRA DÑA REMEI TREMOSA CASTELLS (ex-Secretaria Judicial con invalidez oftalmológica permanente...después de más de 20 años de servicio), POR PARTE DE SUPERIORES JERÁRQUICOS, LOS CUALES, ADEMÁS DE PRETENDER IMPONERLA UNA CUANTIOSA CIFRA COMO INDEMNIZACIÓN PARA “ESOS JUECES” (doc anexo B última página), PRETENDEN INHABILITARLA CIVILMENTE DECLARÁNDOLA INCAPAZ MENTALMENTE, PARA IMPEDIR QUE TESTIFIQUE ANTE UNA POSIBLE INVESTIGACIÓN INTERNA SOBRE LAS IRREGULARIDADES COMETIDAS EN LOS JUZGADOS DENUNCIADOS.
EL MAGISTRADO JUEZ QUE INSTRUYE ESTA “DUDOSA” QUERELLA, NEGANDO TODOS LOS DERECHOS A ESTA FUNCIONARIA Y PARTE QUERELLADA (Violación art 24 C.E.) YA FUE LLAMADO AL ORDEN (por prevaricación) POR LA AUDIENCIA DE BARCELONA (ver doc ).
Habiendo incurrido los citados Jueces, Presidenta de TSJC, y Fiscalía en:
Prevaricación 446 a 449 C.P.; Obstrucción a la justicia arts. 463 y 464 C.P.; Omisión del deber 450 C.P. Encubrimiento art. 451 Abuso de Poder y cargo: Consentimiento de falso testimonio en informe Policial arts 390 a 399 C.P. Y Usurpación de Funciones psiquiátricas con doble intención (suplantación profesional art. 402, 403 C.P.) en los AUTOS, D. PREVIAS: 2048/2008
El partido político Acción por la Justicia, a través de su presidenta Dña. Rosa María Martín San José, y previa autorización firmada por la propia afectada (doc. anexo A), se dirige a los máximos representantes y Organismos Públicos citados más arriba, presenta:
DENUNCIA PÚBLICA
ante los mismos; para que, además de tomar las medidas urgentes pertinentes, se proceda a proteger los DERECHOS CONSTITUCIONALES de Dña. Remei Tremosa Castells, (ex-Secretaria Judicial con invalidez total por problemas oftalmológicos generados por su trabajo de más de 20 años en los Juzgados), VIOLADOS IMPUNEMENTE, por el hecho de haber cumplido su deber denunciando las irregularidades cometidas por superiores jerárquicos en Cataluña.
Desde aquí, recordamos a esas Altas instituciones y sus máximos responsables, que deben acatamiento a las Leyes y a todo el Ordenamiento jurídico, tal y como establece el art.9.3 de la Constitución Española (principios de legalidad y seguridad jurídica) y por ello, sólo pueden los Jueces y Tribunales, enmendar las Resoluciones judiciales, a través de los recursos o acciones legalmente establecidas.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PRIMERO.- Resulta del todo inaceptable la pretensión de Ss.Ss. del TSJC de poner en practica el famoso dicho: "la mejor defensa es un buen ataque", para encubrir corporativamente a compañeros de oficio de mayor rango, personándose como parte acusadora en este esperpéntico proceso penal: D. Previas Nº 2046/2008 (doc. anexo B), para inmolar a una persona inocente, pretendiendo amordazar y silenciar las irregularidades cometidas en los hechos denunciados, por la ahora, víctima de todos ellos. ex Secretaria Judicial, Dña. Remei Tremosa Castells.
SEGUNDO.- Es importante recordar a todas Ss.Ss., que en las fechas anteriores y posteriores a los hechos que traen la causa penal ahora en curso, la Sra. Tremosa estaba actuando a titulo personal en el ejercicio de sus derechos y, sin estar inmersa en ninguna causa de incompatibilidad. Su condición de Secretaria Judicial (con baja por invalidez total por problemas en la vista y apartada del servicio activo arts 51 y 52 RCSJ), NO la obligaba a ninguna responsabilidad por razón de su cargo, porque además de no estar ejerciendo como tal en el tiempo de los hechos denunciados, tampoco incurrió en las faltas del art. 92 a 99 del R.C.S.J. ya actuó en todo momento a título personal, en una causa personal y particular suya, y NO como Secretaria Judicial.
Así mismo, NO existía Secreto de Sumario, incompatibilidad (art.64 RCSJ), ni restricción alguna, que la impidiera divulgar sus temas personales, si ella quería hacerlo, dónde y como quisiera. Esta privacidad queda reflejada en la propia Diligencia que la Fiscal Dña. Rosana Lledó Martínez, dicta (doc. anexo C ), afirmando que los temas en cuestión, se referían a sus asuntos personales y particulares.
TERCERO.- El origen de todo el problema, surge a partir de denunciar la poligamia (prohibida en España) en la que, el entonces marido de la Sra. Tremosa, había incurrido al estar casado con ella y casarse con una inmigrante sin papeles, de la cual, después de dos años se separó (Autos. Proc.Nulidad Matrimonial 38/03, Juzgado 1ª Instancia, 45) Estos hechos, eran suficiente motivo par haber iniciado una investigación sobre la práctica de los negocios de matrimonio por conveniencia y precio, pan obtener fácilmente la nacionalidad española y otros beneficios más, como es público y notorio; y hasta dónde y porque motivos (...?...), los Jueces son capaces de encubrir y manipular este tipo de irregularidades y fraudes procesales.
Lo que debería haber hecho y NO hizo la Fiscalía del TSJC, era investigar al Juez y Jueza denunciados, NO encubrir sus irregularidades, (denunciado todo ello por la entonces esposa del polígamo en cuestión, Sra Tremosa, constando en Autos) ayudando desde su posición y cargo a que las mismas se consumaran, violando la Ley e incurriendo en omisión del deber (art. 450 C.P.)de impedir la comisión de delitos, y denegación de auxilio (art.412 C.P. y 24 C.E.), perjudicando aún más a la ya injustamente castigada, Sra. Tremosa.
CUARTO.- Sin entrar en el resbaladizo, y lleno de lagunas legales, terreno de Internet, donde cualquier hábil informática (oportunista o sensacionalista...por dinero) de cualquier edad y de cualquier lugar, puede crear webs, manipular, añadir, o quitar datos de cualquier documento (los hackers hacen cualquier cosa) etc; Dña Remei Tremosa, al ver una página que se refería a las injusticias en Cataluña hizo lo que cualquier ciudadano de buena fe puede hacer, cuando es la propia Justicia quien les da la espalda, y se pone al lado de los delincuentes: DEFENDER SU INOCENCIA PÚBLICAMENTE, y da exactamente igual, que aparezca en Internet, en una web en Arizona, EE UU (doc. anexo D informe policial lleno de falsedades), en la puerta del metro y periódicos de barrio de su ciudad, o que sea ella misma, quien lo proclame a los cuatro vientos, y denuncie a los que abusando de su poder y cargo, manipulan pruebas, para llenar de contenido legal, las irregularidades o delitos cometidos. Consta fehacientemente que la citada página web se encuentra en Arizona (EE.UU.) y que la Sra. Tremosa NO es propietaria de la misma.
Los máximos responsables de las Altas Instituciones reseñadas, deben de comprender que, MATANDO AL MENSAJERO, NO SE ACABA CON EL PROBLEMA, sólo se encubre.
Resultando más inaceptable aún, la pretensión de la Presidenta del TSJC, su Fiscalía y el dudoso Juez al cual se le ha asignado el asunto de la querella (recusado por la Sra. Tremosa... sin haber tenido respuesta) de inhabilitar por incapacidad mental a Dña. Remei Tremosa Castells, tan sólo, por decir la verdad y colaborar con la Justicia, en lugar de reconocerla y agradercerla sus mas de 20 de años de servicio intachable, y la valentía de denunciar en su caso, las irregularidades cometidas.
Resulta una ironía y contradicción, que por otro lado, sea la propia Presidenta del T.S.J.C. haga declaraciones a la prensa (doc. anexo D) reconociendo las deficiencias y carencias de sus propios Juzgados, Jueces, y personal de menor rango.
Pretender INHABILITAR MENTALMENTE A UNA PERSONA CUERDA (SER PARCIALMENTE CIEGA NO SIGNIFICA ESTAR MAL DE LA CABEZA) porque incomoda los planes de algún superior jerárquico, y después de haber entregado toda su vida a desarrollar ese trabajo, ES, además de una injusticia, una manifestación de la mezquindad que acompaña a quien así actúa.
QUINTO.- Con relación al lamentable informe elaborado por la Policía (ver doc. anexo E), a petición de la Fiscalía del TSJC, habla por si mismo y no necesite de ningún experto en materia para saber que es nulo de pleno Derecho: el Policía que lo emite ''presupone, dictamina, y se erige, además del oficio propio de su cargo, en Médico-Psiquiatra y Psicólogo, haciendo conjeturas sobre las carencias o alteraciones de la personalidad de Dña. Remei Tremosa, e incurre, además de en suplantación de la personalidad, en falsedad testifical y documental (arts.402 y 403 C.P.), al decir:
1º Que, ha tomado declaración a la querellada Sr. Tremosa, telefónicamente. (este tipo de declaraciones, SON NULAS en procesos penales...y un Policía lo sabe)
2º Que, en la citada conversación telefónica, la Sra. Tamosa "reconoció y asumió lo reflejado en la referida página web, y que era ella quien aportaba toda la información a la misma''.
La Sra. Tremosa, ha negado todo lo relatado por el Agente en ese Informe Policial (doc. anexo G: escrito de aclaración y queja de la Sra Tremosa ante la Ilma. Sra. Fiscal)
SEXTO.- Este Partido Político, desea recordar tanto al Presidente del T.S y del CGPJ al Fiscal General del Estado, y a la Presidenta del T.S.J.C, que, lo que distorsiona la buena imagen de la Administración de Justicia en toda España (incluyendo Cataluña) ES su GRADO DE CORRUPCIÓN, NO la inocencia de sus víctimas propiciatorias, como ocurre ahora, en el caso de la Sra. Tremosa, o en el caso reciente de la Secretaria Judicial expedientada por el asunto de la niña asesinada... y el circo político-mediático, montada al efecto.
SÉPTIMO.- Resulta patético y bochornoso, el lamentable espectáculo que los máximos responsables de la Administración de Justicia está dando nuevamente, ante la opinión pública, donde en lugar de hacer un gran y último esfuerzo de reconocer sus propios errores y carencias, pedir perdón públicamente por los muchos errores e injusticias cometidos, haciendo un claro propósito de enmienda; “formen de nuevo una piña” para encubrirse unos a otros, los miserables y múltiples abusos cometidos durante décadas por gran parte (afortunadamente hay alguna excepción) de “acomodaticios jueces” al servicio de políticos, banqueros, empresarios de la construcción, narcotraficantes, y ahora, de las feministas también. Todo público y notorio en todos los medios de comunicación e Internet.
OCTAVO.- Por último, este partido político comunica a esos altos Organismos, que no sólo se personará en el asunto, si llega el caso, para oponerse a la inhabilitación civil de la Sra. Tremosa, en los términos que en su momento y lugar se expondrán; sino que además, esta denuncia se publicará en Internet y otros medios de comunicación, dando traslado de todo ello, a las asociaciones de Secretarios Judiciales en España, y grupos afectados por las injusticias y errores, cometidos por los Jueces y Fiscales, para posteriores actuaciones públicas, dentro de la legalidad vigente.
Por todo ello, y para que surta los efectos oportunos ante los Organismos Públicos españoles citados, y en su caso, ante los Tribunales de Justicia Europeos; desde el Partido Político ACCIÓN POR LA JUSTICIA, presentamos esta DENUNCIA PUBLICA para que los mismos ejerzan las acciones pertinentes y eviten que otra víctima inocente: Dña. Remei Tremosa Castells, pague las consecuencias de los errores e irregularidades, cometidas por los Jueces denunciados, e impidan a través de los mecanismos legales pertinentes y la autoridad de sus cargos, que prospere la pretensión del TSJC y su Fiscalía, de castigar aun más, e inhabilitar civilmente por incapacidad mental a esta ex Secretaria Judicial que además de dedicar toda su vida trabajo a las causas civiles y penales en los Juzgados de Cataluña, ha tenido la valentía de denunciar las irregularidades y delitos cometidos por sus superiores.
Para que surta los efectos oportunos, se firma y presenta esta denuncia pública, por correo administrativo certificado con acuse de recibo.
En España, y desde Estepona, a 3 de Noviembre de 2008.
ACCIÓN POR LA JUSTICIA (AXJ)
Partido Político
Presidenta
Fdo.:ROSA MARIA MARTIN SAN JOSE
RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN CON ESTA DENUNCIA PÚBLICA:
DOC. Nº 1 a 5 – ESCRITO ORIGINAL DE DENUNCIA PUBLICA ANTE PRESIDENCIA DEL T. SUPREMO Y C.G.P.J. Y FISCALIA GENERAL DEL ESTADO (DOS COPIAS AL MISMO EFECTO)
DOC. ANEXO A).- COPIA DE AUTORIZACIÓN ORIGINAL DE DÑA. REMEI TREMOSA CASTELLS
DOC. ANEXO B).- COPIA AUTO Y ARTICULO PRENSA Y QUERELLA INTERPUESTA POR LA FISCAL, CONTRA LA SRA. TREMOSA, A INSTANCIAS DE LA PRESIDENTA DEL T.S.J.C.
DOC. ANEXO C).- COPIA DE LA DILIGENCIA EMITIDA POR LA ILMA. SRA. FISCAL RECONOCIENDO QUE LA QUERELLADA, ACTUÓ Y PUBLICO SUS ASUNTOS PERSONALES
DOC. ANEXO D).- COPIA DEL ARTICULO DE PRENSA DE LA PRESIDENTA DEL T.S.C. RECONOCIENDO LOS PROBLEMAS Y DEFICIENCIAS EXISTENTES EN SUS JUZGADOS EN CATALUÑA.
DOC. ANEXO E).- COPIA DEL INFORME POLICIAL (NULO POR FALSIFICACIÓN DE LOS HECHOS)
DOC. ANEXO F).- ARTÍCULO DE PRENSA PUBLICANDO EL DUDOSO ARCHIVO DE UN DELITO REALIZADO POR EL MISMO JUEZ (fue censurado por la Audiencia de Barcelona y obligado a reabrir el caso) QUE AHORA INSTRUYE ESTA “DUDOSA” QUERELLA.
DOC. ANEXO G).- COPIA DEL ESCRITO DE ACLARACIÓN Y QUEJA, PRESENTADO POR LA PERJUDICADA Y AHORA QUERELLADA INJUSTAMENTE: DÑA. REMEI TREMOSA CASTELLS