Gonzalo de Dios Hoyo - Juez de Instrucción en Barcelona

Según Mujeres Hoy (2 de Julio de 2.003):

El titular del juzgado de instrucción número tres de Barcelona, Gonzalo de Dios Hoyo, tiene abiertas diligencias informativas como paso previo a la apertura de un expediente disciplinario.

El Consejo General del Poder Judicial cree que hay indicios suficientes de que cometió una falta muy grave por desatención a la víctima, por retraso injustificado en la tramitación de la causa y por inactividad procesal.

El informe del servicio de inspección es demoledor. Este juez ni siquiera le tomó declaración a la mujer, que había presentado trece denuncias contra su agresor, en nueve meses.

Según Monserrat Comas, presidenta del Observatorio sobre la Violencia Doméstica “desde que se interpuso la primera denuncia por parte de la víctima, el 1 de octubre de 2002 hasta el 10 de junio de este año que fue asesinada, el juez no había acordado la declaración de la denunciante y tampoco acordó ninguna diligencia en las tres ocasiones en las que la víctima acudió al juzgado número tres para manifestar que el imputado estaba incumpliendo la medida cautelar de no poder aproximarse a ella”.

El juez también dejó en libertad al agresor cuando la policía lo puso a disposición judicial y lo citó días más tarde. Le tomó declaración y no adoptó ninguna medida. Una semana más tarde el maltratador mató a su víctima.

El expediente puede derivar en la suspensión durante tres años, el traslado del juez o la separación de la carrera judicial.

Según http://www.conde-escalza.com:

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial acordó el pasado 1 de julio abrir diligencias informativas al juez de instrucción número 3 de Barcelona, Gonzalo de Dios Hoyo, para determinar si pudo cometer supuestas faltas de desatención en relación a las 13 denuncias por amenazas de muerte y malos tratos formuladas por Ana María Fábregas, antes de que el hombre la matase a martillazos el pasado 10 de junio.

El Servicio de Inspección del Consejo, que propuso la apertura de las diligencias, expone en un informe sobre el caso que el juez nunca tomó declaración a la víctima, y que dejó en libertad al presunto agresor el 3 de junio, una semana antes del crimen, después de que la Policía lo detuviese y lo pusiese a su disposición.

La Comisión Disciplinaria ha ordenado al Servicio de Inspección que tome declaración en los próximos días al juez para que alegue lo que crea pertinente sobre los hechos, antes de decidir, en la reunión prevista para el 21 de julio, si le incoa expediente por una presunta falta muy grave de desatención o retraso injustificado en la tramitación de las denuncias de la víctima. Una falta de ese tipo está castigada con una sanción que va desde el traslado forzoso a la expulsión de la carrera judicial.

CON UN MARTILLO.
En su informe, el Servicio de Inspección del CGPJ constata que la mujer denunció 13 veces a su ex marido por amenazas de muerte, quebrantamiento de la medida de alejamiento (dictada en otro procedimiento), malos tratos, vejaciones e insultos. En una de sus últimas denuncias, el pasado 15 de mayo, la mujer indicó que el hombre le había dicho a través del portero automático de su casa: “Si no bajas te mataré con un martillo”. El 10 de junio, 25 días después, el hombre cumplió con macabra exactitud su amenaza.

La delegada del Servicio de Inspección del CGPJ para los Juzgados de Barcelona recibió el encargo tras conocerse la muerte de investigar el curso dado a las denuncias de la mujer, a instancias de la vocal del Consejo y presidente del Observatorio de Violencia Doméstica, Montserrat Comas.

El Servicio de Inspección ha concluido, en el informe en que el que solicita la apertura de diligencias, que la mujer denunció 13 veces a su ex marido desde el 30 de septiembre de 2002 hasta la fecha de su muerte, el 10 de junio de 2003, pese a lo cual el Juzgado de Instrucción número 3 (que acumuló 10 de las 13 denuncias) no la llamó nunca a declarar.

Aparte de no tomar declaración a la mujer, el Juzgado no acordó ninguna diligencia de prueba en relación a las denuncias. En marzo de este año, el juez sí decidió citar a declarar al ex marido, pero esto no se presentó a la citación. La Policía lo detuvo el 19 de mayo, pero el juez lo puso en libertad sin recibirle declaración, citándole de nuevo para el 3 de junio, día en que, tras escucharle, lo dejó otra vez en libertad.

Pedro Martínez Bustos, de 49 años, fue detenido el pasado 10 de junio tras matar presuntamente a su ex mujer, Ana María Fábregas, de 52 años, en el portar de la casa de ella, en el barrio barcelonés de Sant Adriá. El 12 de junio, el juez de instrucción número 32 de Barcelona dictó prisión incondicional contra él.

Según http://forosdelmobbing.info/ (14 de Octubre de 2.004):

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha archivado por tres votos a favor y uno en contra el expediente abierto al juez de Barcelona Gonzalo de Dios, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Barcelona, por supuesta desatención del caso de Ana María Fábregas, que denunció 13 veces a su marido antes de que éste la asesinase. La comisión ha decidido archivar el expediente después de que el pasado mes de febrero, tanto el instructor, el presidente de la Audiencia de Girona, Fernando Lacaba, como el fiscal solicitaran el archivo al no apreciar responsabilidad del magistrado. No obstante, las propuestas de archivo del instructor y del fiscal no eran vinculantes.

En septiembre de este año la Comisión Disciplinaria acordó incoar expediente disciplinario por su actuación en un procedimiento de violencia doméstica. El órgano de gobierno de los jueces entendió que el magistrado podría haber cometido una falta grave prevista en el artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (desatención en la tramitación del proceso). El juez expedientado se hizo cargo de la instrucción del caso cuando ya estaban interpuestas las tres primeras denuncias y, a pesar de que la mujer acudió al juzgado en diversas ocasiones, el magistrado nunca le recibió declaración. Asimismo, el juez tampoco acordó la práctica de ninguna prueba y sólo en marzo de 2003, decidió citar a declarar al marido, para lo que tuvo que dictar una orden de detención, ya que no acudió a declarar. Tras sus explicaciones, el juez lo puso en libertad sin que hubiera prestado declaración.

Se pregunta: "¿Se puede pasar otra vez a este mismo juez?"

Según http://www.redfeminista.org/ (7 de febrero de 2007):

HELENA ESTEBAN ROYO
- Juzgado de Instrucción Nº 3 de Barcelona. Iltmo. Juez Don Gonzalo de Dios Hoyo.

Jamás denunció los malos tratos de su esposo, únicamente cuando tuvo conocimiento de la denuncia de su marido contra ella, tuvo que relatar la verdad de los hechos, acompañando los informes médicos y las radiografías que se le realizaron en el Hospital del Mar, dando trámite la Policía al Juzgado de Guardia (Juzgado de Instrucción Nº 3 de Barcelona) y siendo citado el esposo para la celebración de un juicio rápido por malos tratos.

El día señalado el juicio no se celebró porque el Juzgado que estaba de guardia el día de la denuncia del marido era el de Instrucción Nº 1 el que y había recibido el informe del Hospital donde la mujer fue atendida, el Nº 3, y por tanto, éste no quiso saber nada del asunto y remitieron la causa al Juzgado Nº 1. Éste a su vez afirma no ser competente, porque está conociendo el Nº 3, y por ello considera que ha de inhibirse al mismo.

- Así, sin poder averiguar qué Juzgado es el que finalmente ha de instruir los hechos, fueron prácticamente expulsadas del Juzgado de Guardia de malos modos, tanto la denunciante como su abogada para que no les molestaran más. Hasta dos meses después no se conoció que se habían abierto diligencias previas en el Juzgado Nº 3, el que se hallaba de guardia. La denunciante fue citada para declarar aún un mes después, mientras el Juzgado discutía quién era el competente, y mientras tanto la mujer siguió siendo víctima del acoso de su marido, por lo que no pudo continuar el proceso penal.

- La inseguridad y la falta de protección que sintió la víctima durante todo este tiempo determinó que finalmente dejara de creer que la justicia solucionaría sus problemas, pensando que muy al contrario, los agravaría, habida cuenta que los actos violentos continuaban. Por ello, y después de tres meses sin obtener la protección que demandaba, el día que compareció ante el juzgado, muerta de miedo por las consecuencias que sobradamente conocía, se negó a continuar con el proceso amparándose en el derecho a no declarar contra su marido.

Se responde: "Sólo por suerte, no ha muerto esta mujer también."






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